Reglamento

El presente contenido resume los principales puntos de los Reglamentos de San Ramón, con el objetivo de facilitar su lectura y comprensión por parte de los vecinos.

Este resumen es informativo y no reemplaza el texto completo y vigente de los reglamentos, sus anexos ni las disposiciones correspondientes.

Cómo leer este resumen

Para diferenciar las disposiciones reglamentarias de las aclaraciones explicativas, utilizamos las siguientes referencias:

✓ ESTABLECIDO × PROHIBIDO i ACLARACIÓN

1 Propuestas, proyectos e inquietudes de vecinos

Los vecinos pueden presentar propuestas, sugerencias, mejoras, inquietudes o reclamos para su tratamiento por los órganos correspondientes del barrio.

El vecino puede:

  • Presentar propuestas de mejora.
  • Plantear inquietudes o problemáticas.
  • Realizar sugerencias.
  • Presentar reclamos.
  • Solicitar el tratamiento de una determinada cuestión.
Aclaración: presentar una propuesta no significa que ésta quede automáticamente aprobada ni que deba necesariamente realizarse una votación general. La propuesta debe seguir el procedimiento que corresponda para su tratamiento y eventual aprobación.

2 Comisión Interlocutora (C.I.)

Mesa de trabajo: la Comisión Interlocutora es principalmente una mesa de trabajo y no una mesa de toma de decisiones. Su función es colaborar en el debate, seguimiento y tratamiento de los distintos temas del barrio.

La C.I. funciona como un canal de interlocución entre los vecinos, la Intendencia y la Administración.

La C.I. puede:

  • Recibir propuestas, sugerencias y mejoras planteadas por los vecinos.
  • Trasladar esos temas a Intendencia y/o Administración.
  • Realizar seguimiento de las cuestiones planteadas.
  • Interceder ante reclamos que no hayan obtenido solución.
  • Presentar proyectos de mejora.
  • Proponer cambios relacionados con proveedores o servicios.
  • Procurar que los temas planteados sean tratados y reciban respuesta.

Límites de la Comisión Interlocutora

Función de la C.I.

  • Trabajar y analizar temas.
  • Canalizar inquietudes.
  • Realizar propuestas.
  • Interceder y realizar seguimiento.
  • Colaborar con Intendencia y Administración.

La C.I. no puede

  • Sustituir al Administrador en sus facultades.
  • Ejercer facultades ejecutivas que correspondan a la Administración.
  • Eliminar multas o sanciones.
  • Exceptuar a vecinos o constructores del cumplimiento de los reglamentos.
  • Celebrar contratos en nombre del barrio.
  • Manejar fondos, pagar, cobrar o recaudar expensas.
Importante: la función de la C.I. no es resolver por sí misma las situaciones del barrio. Las facultades ejecutivas corresponden a la Administración y a las autoridades competentes según cada caso.

3 Subcomisiones

Las Subcomisiones trabajan sobre áreas específicas y pueden actuar como órganos asesores o contar con la autonomía que les haya sido expresamente delegada.

Pueden:

  • Analizar cuestiones relacionadas con su área específica.
  • Recibir y desarrollar propuestas relacionadas con su competencia.
  • Elaborar proyectos de mejora.
  • Solicitar y analizar presupuestos relacionados con sus proyectos.
  • Acompañar el desarrollo de los proyectos aprobados.
  • Mantener comunicación con la C.I. y la Intendencia.
Espacios Verdes: entre sus funciones se encuentra realizar propuestas de mejoras relacionadas con los espacios verdes y acompañar su desarrollo cuando hayan sido aprobadas.
Aclaración: la elaboración de un proyecto por parte de una Subcomisión no implica su autorización automática para ejecutarlo. Los proyectos y propuestas deben seguir las instancias de presentación y aprobación previstas.

4 Votaciones y consultas a los vecinos

El reglamento contempla distintos mecanismos de votación según el tipo de decisión, diferenciando las votaciones internas de la Comisión Interlocutora (C.I.) de las consultas o votaciones a todos los vecinos.

Importante: no todo proyecto o propuesta requiere automáticamente una votación general de todos los propietarios. El procedimiento depende del tipo de proyecto, su financiación y del supuesto específicamente contemplado por el reglamento.

Proyectos de mejora

Presupuesto de Mantenimiento

Cuando un proyecto de mejora puede ser costeado con el presupuesto de Mantenimiento definido por el Administrador, el reglamento establece su tratamiento mediante votación interna entre los miembros de la C.I.

Cuotas extraordinarias

Cuando para llevar adelante un proyecto sea necesario recurrir al cobro de cuotas extraordinarias, debe realizarse una consulta a todos los vecinos mediante encuesta o votación.

Situaciones no contempladas en los reglamentos

Ante situaciones que no se encuentren contempladas en los reglamentos vigentes, la C.I. puede trabajar una propuesta de solución y someterla a votación interna entre sus miembros.

  • Los miembros pueden votar en forma positiva.
  • Pueden votar en forma negativa.
  • Pueden abstenerse.
  • En caso de empate interviene el Administrador y/o Intendente.

Cambios de servicios

La C.I. puede proponer cambios relacionados con servicios o proveedores y, cuando resulte necesario, el reglamento contempla que la propuesta pueda ser sometida a una consulta a todos los vecinos mediante encuesta o votación.

Modificación de los reglamentos

Cuando el 50 % de los propietarios solicita modificar un punto del reglamento, la C.I. debe transmitir esa solicitud al Administrador.

Si el Administrador presta conformidad para avanzar con la modificación, debe realizarse una votación y se requiere 75 % de votos favorables para su aprobación.

En resumen: el reglamento no establece que todas las propuestas o proyectos deban someterse a votación general. En determinados casos corresponde una votación interna de la C.I. y en otros una consulta o votación a todos los vecinos, según el supuesto previsto.

5 Derechos y participación de los propietarios

La participación de un propietario en la C.I. o en una Subcomisión implica asumir determinadas funciones y responsabilidades dentro de la organización del barrio.

Funciones no significan privilegios: el reglamento no establece que integrar la C.I. o una Subcomisión otorgue a ese propietario mayores derechos personales sobre los demás vecinos.

Todos los vecinos pueden:

  • Presentar propuestas.
  • Realizar sugerencias.
  • Plantear inquietudes.
  • Presentar reclamos.
  • Participar mediante los mecanismos previstos.
Aclaración: las atribuciones que pueda tener una persona por integrar una Comisión o Subcomisión corresponden a la función que desempeña y no constituyen un privilegio personal como propietario.

6 Espacios comunes y propiedades linderas

Los espacios comunes forman parte de los sectores de uso y/o interés común del barrio y las intervenciones sobre ellos deben seguir los procedimientos y autorizaciones correspondientes.

Propietarios linderos

El reglamento no establece un derecho especial de decisión, prioridad o poder de veto sobre un espacio común por el solo hecho de que una propiedad sea lindera a ese espacio.

Un propietario lindero puede presentar observaciones, inquietudes, reclamos o plantear una posible afectación particular, al igual que cualquier otro vecino.

Importante: que una intervención pueda afectar de manera particular a un propietario es una circunstancia que puede ser planteada y evaluada, pero la condición de lindero no aparece establecida en el reglamento como un derecho automático de decisión sobre el espacio común.

Proyectos sobre espacios comunes

  • Pueden presentarse propuestas de mejora.
  • Pueden analizarse alternativas de intervención.
  • Pueden elaborarse proyectos y presupuestos.
  • Las propuestas deben pasar por las instancias de aprobación correspondientes antes de ejecutarse.

7 Mantenimiento de terrenos y lotes no construidos

Los propietarios deben conservar sus unidades funcionales en condiciones adecuadas de mantenimiento, limpieza y cuidado.

Obligaciones principales

  • Mantener el pasto cortado.
  • Evitar la proliferación de yuyos y malezas.
  • Evitar condiciones que favorezcan alimañas.
  • Mantener en buen estado los cercos, cuando existan.
  • Cuidar la parquización.
  • Mantener la sanidad de árboles, plantas y vegetación.
  • Combatir plagas y enfermedades vegetales.
  • Mantener la limpieza general del inmueble.

Lotes sin construir

Las obligaciones de mantenimiento no se limitan exclusivamente a las viviendas terminadas. Los lotes sin construir también deben mantenerse en condiciones adecuadas.

Si el propietario no mantiene el pasto cortado, la Administración puede disponer su corte y cargar el costo correspondiente al propietario, sin perjuicio de las medidas que correspondan.

8 Alambrado perimetral

El Reglamento de Convivencia relaciona determinadas obligaciones de mantenimiento con la colocación del alambrado perimetral.

Sin embargo: el Reglamento de Convivencia, considerado de manera aislada, no permite afirmar que todo lote sin construcción deba estar obligatoriamente alambrado.

Las condiciones específicas sobre cerramientos, características, materiales y obligaciones constructivas deben analizarse también conforme al Reglamento de Construcción.

9 Fogoneros, asadores y parrillas

No existe una regulación específica: en el Reglamento de Convivencia analizado no encontramos una regulación expresa sobre fogoneros, fogones, braseros, asadores, parrillas o chimeneas exteriores.

Esto no significa que cualquier utilización esté automáticamente autorizada. Continúan siendo aplicables las normas generales de seguridad, convivencia, ruidos, molestias y demás disposiciones correspondientes.

Prohibido: los fogoneros, parrillas o asadores no pueden utilizarse como mecanismo para quemar residuos cuando dicha conducta se encuentra prohibida por el reglamento.

10 Animales y mascotas

  • Los propietarios son responsables por sus animales.
  • Deben adoptarse medidas para evitar que circulen sin control.
  • Deben recogerse los residuos producidos por las mascotas.
  • Deben evitarse situaciones que afecten la seguridad o tranquilidad de otros vecinos.
La tenencia de una mascota no elimina la obligación de respetar las normas generales de higiene, seguridad y convivencia.

11 Tránsito, circulación y estacionamiento

La circulación interna debe realizarse con prudencia, respetando la señalización, la seguridad y la prioridad de los peatones.

  • Extremar la precaución en zonas de juegos y espacios comunes.
  • Evitar conductas de manejo peligrosas.
  • Evitar vehículos o conductas que generen ruidos innecesarios.
  • Estacionar sin obstruir accesos o sectores de circulación.

12 Ruidos, reuniones y descanso

Las actividades dentro de las unidades funcionales deben desarrollarse respetando la tranquilidad y el descanso de los demás vecinos.

  • Generar ruidos molestos en condiciones prohibidas por el reglamento.
  • Realizar actividades que alteren indebidamente la tranquilidad de los demás vecinos.
Que una actividad se desarrolle dentro de una propiedad privada no significa que quede fuera de las normas de convivencia cuando sus efectos alcanzan a terceros.

13 Residuos, poda y escombros

Responsabilidades

  • Mantener la propiedad libre de residuos y acumulaciones indebidas.
  • Disponer los residuos conforme a las reglas establecidas.
  • Retirar los residuos especiales que correspondan al propietario.
  • Retirar escombros, tierra y restos de poda cuando corresponda.

Prohibiciones

  • Quemar residuos.
  • Arrojar residuos en calles o espacios comunes.
  • Depositar residuos en lagunas o sectores naturales.
  • Arrojar residuos en otras unidades funcionales, estén construidas o no.
La Administración puede disponer tareas de retiro o mantenimiento y cargar los costos correspondientes al responsable cuando así lo contemple el reglamento.

14 Obras, trabajos y mudanzas

  • Las obras deben cumplir los procedimientos y autorizaciones correspondientes.
  • Los trabajadores y proveedores deben respetar las normas de ingreso y seguridad.
  • Los materiales y residuos de obra deben manejarse conforme a las reglas aplicables.
  • Los espacios comunes deben mantenerse libres de obstrucciones indebidas.
Reglamento de Construcción: las cuestiones técnicas, arquitectónicas, constructivas y de cerramientos deben analizarse conjuntamente con el Reglamento de Construcción cuando corresponda.

15 Reclamos, incumplimientos y sanciones

Los vecinos pueden presentar reclamos e informar posibles incumplimientos para su tratamiento por las autoridades correspondientes.

Ante un incumplimiento pueden existir:

  • Advertencias o intimaciones.
  • Solicitudes de corrección o cese de una conducta.
  • Sanciones o multas cuando correspondan.
  • Cargos por tareas realizadas por cuenta del propietario cuando el reglamento así lo contemple.
La C.I. no puede eliminar multas o sanciones ni exceptuar a un vecino del cumplimiento de los reglamentos. Las decisiones correspondientes deben ser tomadas por las autoridades que tengan facultades para ello.

Aclaración general: este contenido constituye una guía resumida y explicativa para facilitar la comprensión de los reglamentos. Cuando se indica que una cuestión “no está establecida” o “no surge expresamente”, se está diferenciando una aclaración interpretativa de una disposición textual. Ante cualquier controversia prevalecerán siempre los textos completos y vigentes de los reglamentos, sus anexos y las disposiciones de las autoridades competentes.